INSTITUCIONES COLONIALES EN AMÉRICA
Debido a que la mayoría de los nuevos territorios conquistados estaba bajo la jurisdicción hispana, las principales instituciones coloniales seguían estando en el Viejo Continente. Después de la figura soberana y divina del rey venían el Real y Supremo Consejo de Indias y la Casa de Contratación, importantes organizaciones que regían las colonias españolas. Mientras el Consejo de Indias elaboraba el cuerpo normativo de los nuevos territorios, designaba a las autoridades y otorgaba los dictámenes de última instancia en materia judicial, la Casa de Contratación revisaba todos los asuntos comerciales del Nuevo Mundo y controlaba la circulación de personas hacia él.
INSTITUCIONES ESPAÑOLAS
– Corona: Fue instituida en el reinado de los Reyes Católicos, bajo un cetro común, la cual terminó de estructurarse como tal en el reinado de Felipe II, uniendo los Reinos Europeos de Aragón, Castilla, Cataluña, Navarra, Valencia, etc. Con los Reinos Americanos de Nueva España, Nueva Granada, Nueva Extremadura, etc.
La corona, con el fin de proteger la libertad de acción tanto individual como colectiva de sus súbditos americanos, puso a disposición diversos medios para que pudieran hacerse oír por el rey y por sus representantes más cercanos (virreyes, gobernadores, etc.).
A
la cabeza de esta institución se encontraba el rey, cuya principal función era
atender el bien de su comunidad, desde la cual emanaba su poder, sin poder
usarlo para su propio beneficio.
Manejaba al resto de los organismos menores, los cuales estaban a su cargo y
todos dependían de la decisión del monarca.
– Consejo de Indias: El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
No tenía una sede física fija, sino que se trasladaba de un lugar a otro con el Rey y su Corte. Este consejo actuaba con el monarca y, en algunas materias excepcionales, actuaba solo.
Fue fundada alrededor de 1524 por Carlos V. Como institución se formó poco a poco, y ya los Reyes Católicos designan a Juan Rodríguez de Fonseca para estudiar los problemas de la colonización de las Indias con Cristóbal Colón. Al morir Fernando de Aragón se hace cargo de la Corona de Castilla en calidad de regente el Cardenal Cisneros, quien no tenía buenas relaciones con Rodríguez de Fonseca, de tal manera que lo separa de sus funciones y les encarga a dos miembros del Consejo de Castilla: Luis de Zapata y Lorenzo Galíndez de Carvajal, para que formen un pequeño consejo, que se pasó a llamar “Junta de Indias”.
En 1516 cuando Carlos I se hace cargo de América, continúa existiendo esta junta y ya en 1524 pasa a llamarse definitivamente Consejo de Indias. Su primer presidente fue el fray García de Loayza, quien se convertiría después en arzobispo de Sevilla.
Las reformas borbónicas de 1714, con la creación de los ministros de despacho, quitan las atribuciones administrativas y legales del Consejo. En 1717 el Rey Felipe V crea una Secretaría de Marina e Indias, por lo que el Consejo va decayendo hasta que fue suprimido en 1812, luego nuevamente puesto en funcionamiento en 1814, cuando recupera la corona española Fernando VII y definitivamente abolido, como organismo asesor, en 1834.
– Casa de Contratación: En 1503 se estableció por decreto real la Casa de Contratación de Indias en Sevilla, creada para fomentar y regular el comercio y la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia de Indias.
– Tribunal de la Inquisición: Fue instituido en el año 1569 por el rey Felipe II y quedó a cargo de una orden eclesiástica: los dominicos y en América solo se aplicó en México y Perú.
Su principal y única función era moderar las costumbres de la época, es decir, juzgar y procesar todo lo que estuviera fuera de las costumbres normales de la Colonia.
Quedaban bajo el control de los inquisidores todos aquellos que estuvieran en contra al modelo ideal: los herejes, invocadores del diablo, los judíos, adivinos y hechiceros o todo aquel que tuviera una posición diferente o contraria a la Iglesia. También cabían en esta categoría los infieles, bígamos y frailes corruptos o solicitantes. Esta institución era completamente autónoma frente a las autoridades americanas.
INSTITUCIONES AMERICANAS
– Cabildo: El organismo que regía directamente los asuntos administrativos de cada ciudad era el Cabildo. Velaba por los intereses de la comunidad e intentaba resolver los problemas que la afectaban en materias tan diversas como aseo, ornato, manejo de bienes públicos, etc. Dictaba normas para una buena convivencia y reglaba los precios de algunos productos de primera necesidad, como el pan.
Sin
embargo, sus labores no terminaban ahí. Además de regular el correcto
funcionamiento de los asentamientos, los cabildos representaban el parecer de
los ciudadanos ante el rey. Si surgían controversias ante la implementación de
alguna medida real, existía el derecho a súplica, a través del cual se
solicitaba al rey cambiar la disposición legal en cuestión. Otro derecho
ciudadano era el de representación, donde se solicitaba la directa intervención
real en asuntos que afectasen a la comunidad o también se pedía la creación de
instituciones que ayudasen a resolver los conflictos.
Como ente regulador, además, los cabildos administraban los terrenos fiscales
(autorizando su uso comercial) y eran dueños del mercado, el matadero y los
basurales. También velaban por el funcionamiento de la cárcel pública, la
seguridad local y la mantención del orden público.
– Real Audiencia: La corona española designó a la Real Audiencia como el principal tribunal de justicia civil y criminal en América. Su objetivo era velar por el cumplimiento y la interpretación de las leyes; sin embargo, tras la promulgación de las leyes de 1542 y 154 (denominadas Nuevas Leyes), pudo involucrarse en asuntos de gobierno. En este sentido, fiscalizaba la labor ejercida por los gobernadores y, de paso, les restaba poder.
Las reales audiencias estaban integradas por un presidente (que podía ser el virrey, el gobernador o un oidor decano), cuatro oidores o jueces, relatores y un fiscal. También formaban parte de ellas otros funcionarios con menores responsabilidades, como el teniente del gran canciller, el alguacil mayor, los escribanos, receptores y procuradores.
Los fallos de la Real Audiencia eran casi inapelables. La mayoría de los procesos era finiquitada en esta instancia; solo los de mayor importancia y controversia eran presentados ante el Consejo de Indias.
La primera Audiencia establecida en América fue la de Santo Domingo, en 1511. En nuestro país se instauró por primera vez en 1565, en la ciudad de Concepción. Su objetivo fue seguir de cerca los acontecimientos ocurridos en Arauco. Dejó de funcionar en 1573 y fue restablecida en 1604, fijando su sede en Santiago. Allí funcionó hasta el año 1811, siendo reemplazada por la institucionalidad republicana.
– Real Hacienda: Este organismo se encontraba bajo la Casa de Contratación y el Consejo de Indias y su principal función fue recibir o percibir el dinero llegado a las arcas reales de las colonias y administrarlo adecuadamente.
Sus principales funcionarios eran los tesoreros, contadores y los revisores. Éstos dependían de la Real Audiencia y debían rendir fianza y presentar un inventario acerca de todas sus posesiones para así evitar un enriquecimiento indebido.
Esta
política financiera estaba regulada por una Junta de Real Hacienda, la cual
estaba formada por el gobernador, los oficiales reales, el fiscal de la Real
Audiencia y un oidor de la misma.
Las cuentas de esta institución debían remitirse cada cierto tiempo a sus dos
organismos superiores: Consejo de Indias y Casa de Contratación.
– Virreinatos: División territorial creada por Carlos I en 1542, la cual estaba a la cabeza del virrey, representante más directo del rey, más alto funcionario en América y tenía la facultad de resolver diversos asuntos como el propio monarca. Tenía los títulos de gobernador y capitán general en su distrito y era el presidente de la Real Audiencia.
- La encomienda: La encomienda será la institución más representativa a través de la cual se garantice a los colonizadores las prestaciones y servicios de los indios. En síntesis, la encomienda, perfilada desde 1503, supone la posesión de una comunidad, o grupo de comunidades de indios a un encomendero, beneficiario de sus servicios o de la percepción de tributos satisfechos por aquellos, y cuya contrapartida era atender la educación y evangelización de sus encomendados.
- Mita: Consistía en que cada comunidad indígena tenía que suministrar obligatoriamente al estado un número determinado de trabajadores, durante varios meses al año. Aunque recibían un salario, estas personas estaban sometidas, a jornadas de trabajo terriblemente exigentes.
ACTIVIDAD 1 CIENCIAS SOCIALES Teniendo en cuenta el texto y los siguientes videos, realiza una presentación en PowerPoint con los aspectos más destacados sobre las INSTITUCIONES COLONIALES EN AMÉRICA
BLOG: AVENTURAS VIRTUALES DE LA HISTORIA. LAS INSTITUCIONES COLONIALES EN AMÉRICA
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Con el fin de enriquecer tus conocimientos sobre la Edad moderna, escucha el programa “Por los caminos de América y Séptimo arte y algo más”, que se emiten todos los sábados de 10 a 11:30 a.m., en la emisora comunitaria Juventud Estéreo 104.7 FM toma nota en tu cuaderno del espacio Aventuras Virtuales de la Historia.
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